El caso tomó gran repercusión por tratarse del único, en años, en el que una mujer recibe la pena más gravosa por dar muerte a un hombre, su pareja. El Tribunal de Impugnación Penal rechazó un recurso de impugnación y confirmó la pena de prisión perpetua contra Antonela Ailén Pérez, quien en septiembre de 2023 dio muerte de una puñalada en el pecho a su pareja, Facundo Pérez.
El Tribunal en primera instancia estuvo conformado por los jueces María José Gianinetto, Carlos Pellegrino y Marcelo Pagano. El trabajo del Estudio Divoy-Altamirano fue fundamental, ya que lograron que la Justicia "abriera" el teléfono de la homicida "y allí quedó muy claro que Facundo no fue violento con Antonela, sino todo lo contrario. Ella ejercía violencia sobre él e incluso antes lo había lesionado con un cuchillo", explicó Michel Divoy.
El hecho ocurrió en la madrugada del 3 de septiembre de 2023, cuando la pareja llegó a su domicilio del barrio Rucci luego de compartir la noche en un pub con amigos. Una discusión supuestamente por celos terminó con Antonela Perez asestándole un puntazo en el pecho a la altura del esternón, con un cuchillo serrucho cabo de plástico, a su pareja Facundo Sebastián Pérez. La puñalada le provocó una ruptura cardíaca y generó un hemopericardio, causándole la muerte a la víctima.
"Hay que destacar porque fue muy importante todo el trabajo que hizo la policía. En el momento que arribó a la escena y posteriormente también, fue fundamental para esclarecer todo", agregó Divoy en el aire de Radio 5.
El TIP consideró que "del rendimiento de la prueba en juicio no se pudo acreditar un contexto de violencia de género ni una relación desigual de poder", dando así la razón a los abogados de la querella.
El TIP insistió, entre otras pruebas, con los mensajes telefónicos entre las partes, de los cuales los jueces concluyeron que "no sólo surgen términos agresivos en los mensajes dirigidos de Antonella a Facundo, sino también la escucha de la reproducción de los audios de WhatsApp da cuenta del tono despectivo, en el que A se dirigía a F".
Divoy confirmó que "Antonela Perez se dirigía a Facundo con palabras agresivas y el tono de desprecio que usa no la ubican precisamente en el vértice inferior de una relación asimétrica, en términos de violencia de género".
Finalmente, el TIP sostuvo que "en el entendimiento que se ha efectuado la revisión integral respecto de los hechos llevados a juicio, entendemos que las conclusiones a las que ha arribado el voto mayoritario, responden al rendimiento de las pruebas durante el debate por lo que corresponde no hacer lugar al recurso de impugnación articulado y confirmar en todos sus términos la Sentencia Nº 1564".